El Tribunal Constitucional según la Sala Primera, en su Sentencia de 10 Octubre de 2022, reconoce que la demora por parte de los Juzgados de Instancia en el señalamiento de la vista, puede vulnerar el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. Según el Tribunal Constitucional, la sobrecarga de trabajo permanente o estructural de los Juzgados y Tribunales y la carencia de los medios personales y materiales necesarios para sacarla adelante en unos plazos razonables no son causa suficiente para neutralizar la lesión al derecho a un proceso sin dilaciones indebidas.

 

España es uno de los países de nuestro entorno con la justicia más lenta

El informe “The 2022 EU Justice Scoreboard” revela que la duración de los procedimientos judiciales civiles en España está por encima de la media europea.

Los datos publicados en el informe señalan que la tasa de resolución de los órganos jurisdiccionales es algo inferior al 100%, es decir no es capaz de hacer frente a la totalidad de lo que reciben. Además, los Tribunales civiles tienen un stock de litigios que aún deben tramitarse superior a la mayoría de los estados miembros, que ha aumentado respecto al año 2019.

El Estado debe garantizar el acceso a una Justicia fácil, rápida y económica a todos los ciudadanos, por eso y para facilitarlo, tiene la responsabilidad de eliminar todos los obstáculos.

Por esta razón, la excesiva duración de un litigio y la obtención de un pronunciamiento sobre la controversia tardío, puede constituir un obstáculo para que los consumidores puedan revindicar sus derechos antes los tribunales.

En esta sentencia, el Tribunal Constitucional reitera su postura y la necesidad de que las resoluciones sean dictadas en un plazo razonable.

La sentencia mencionada puede tener varias consecuencias, en particular, con respecto a la adopción de medidas por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y al Ministerio de Justicia para disminuir el plazo de tramitación de los litigios cuya duración es claramente superior a los tiempos medios de resolución de asuntos equivalentes, como ocurre con los conflictos sobre cláusulas abusivas.

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DAVID CALVO MARTÍN
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